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La aprobación de la ordenanza que autoriza y regula el uso de drones para la aplicación de fitosanitarios generó contrapuntos entre los bloques del Concejo Deliberante.
Mientras que los bloques de la oposición aseguran que era tiempo de legislar sobre estas herramientas tecnológicas que impactan en las prácticas agropecuarias, desde el oficialismo critican que la norma fue votada de forma apresurada. Además la Federación Agraria filial Villa Ramallo, criticó que no la convocaran al momento de elaborar la norma.
Tras la difusión de una nota de la FAA que se refería a la aprobación de esta ordenanza, el bloque de Unión por la Patria expresó:
“El Concejo Deliberante Ramallo, por mayoría del interbloque Juntos, aprobó recientemente la ordenanza que regula el uso de drones para tareas de fumigación en el distrito. El proyecto fue presentado por Juntos UCR y contó con el acompañamiento del ingeniero agrónomo Raúl Salvioni, quien expuso en el marco del trabajo de comisiones. Más allá del tiempo transcurrido en comisiones, estamos convencidos que fue despachado con celeridad.
En consecuencia, desde nuestro bloque nos abstuvimos en la votación. Primero, porque no entendíamos el apuro de aprobar una ordenanza sin un trabajo más exhaustivo, con la participación de más profesionales y de la sociedad civil. No nos olvidemos que la Ordenanza de Fitosanitarios vigente nació al calor de la participación colectiva.
Además, tuvimos en cuenta que aún no existe normativa nacional o provincial clara que contemple de forma específica y completa el uso de drones para aplicaciones fitosanitarias. Por ejemplo, la ANAC sólo regula el uso aeronáutico del dron; SENASA reconoce los drones como tecnología de aplicación, pero aún no tiene una normativa específica; y la provincia de Buenos Aires regula productos fitosanitarios, pero no especifica nada sobre drones. Por lo que todo esto puede dar lugar a regulaciones locales no armonizadas con las normas superiores.
Asimismo, entendíamos la necesidad de que tal debate debía ser más abierto y de forma más responsable. Sobre todo, entendiendo que una ordenanza municipal que regula condiciones ambientales sólo puede ser modificada respetando los principios de no regresión ambiental, el interés público y la participación ciudadana: es decir, no puede implicar un deterioro de las condiciones ambientales preestablecidas o de la calidad de vida de los vecinos.
Por último, y dado las recientes controversias expresadas por la FAA (Filial Ramallo), manifestar que, habiendo recurrido a las autoridades legislativas y al archivo de ingresos, Mesa de Entrada del HCD nunca recibió nota de ninguna institución o federación solicitando participar en este tema, con lo que hubiéramos estado de acuerdo” expresaron mediante un comunicado.


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